RESOLUCIÓN Nº
203/2022
SANTA ROSA, 18 de
agosto de 2022
VISTO:
El Expediente N° EX 2022 00004271 –
JUSPAMPA- SRH y;
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita la realización de un Concurso
Interno de ascenso para cubrir una categoría de Jefe de Despacho en la
Secretaría de Sistemas y Organización de la Primera Circunscripción Judicial,
siendo sometido a consideración el acto (Or. 46) por el cual como resultado del
proceso se designa al Escribiente Juan Pablo GARAU, DNI N° 25.851.212 en el cargo
concursado;
Que el Contador Fiscal interviniente se expidió no conformando las
actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal mediante el Dictamen
Nº 228/2022 –GCP- (Or. 50), debido a que en este concurso interno de ascenso “…
no se da cumplimiento con lo establecido en los artículos 1° y 2° de la ley N° 3385, referida a la incorporación de contenidos
referidos a la temática de género y violencia contra las mujeres y el colectivo
LGTBIQ+ en todas las instancias de evaluación de concursos de la Administración
Pública, tal como lo expresa el dictamen N° 480/2022 la Secretaria Legal del
Superior Tribunal de Justicia obrante en Or. 43. …”;
Que los efectos de aprobar o desestimar el trámite traído a consideración
de este cuerpo, se procedió por Resolución N° 193/2022 a suspender el plazo
establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69 y solicitar al Superior Tribunal de
Justicia se expida y acompañe la documentación correspondiente en su caso,
respecto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 3385;
Que traído a consideración de este Tribunal, se observa que efectivamente
se ha incorporado constancia de la capacitación obligatoria en la temática de
género y violencia contra las mujeres y el colectivo LGTBIQ+ realizada por el
empleado participante del concurso (Or. 58), dando cumplimiento a lo
establecido en el artículo 2° de la referida norma;
Que con citada constancia de Or. 58 se
verifica fehacientemente el cumplimiento de la capacitación obligatoria
requerida en el artículo 2° de la Ley N° 3385, por lo que contemplando que el dictado de la
norma y su publicación en el B.O data del 5 de noviembre de 2021 y su
proximidad a la convocatoria del concurso aquí evaluado, no obstante no haberse
incluido en el contenido de la evaluación temática de género y violencia contra las mujeres y el
colectivo LGTBIQ+, -no cumpliéndose así lo dispuesto en el artículo 1°-, de
manera excepcional y en razón de la conveniencia de la medida propuesta en
tanto no se comprueba en el proceso del concurso la existencia de impugnaciones
o reclamos, procede conformar el Proyecto de Resolución (Or. 46) desestimando
las observaciones del Contador Fiscal;
Que este Tribunal se ha expedido recientemente
en sentido similar en Resoluciones N° 148/22, 149/22, 156/22, 161/22 y 162/22, 177/22 y 178/22 (publicadas en el Digesto del Tribunal de
Cuentas https://digesto.tcuentaslp.gob.ar), habiendo sugerido dar promoción a la Ley N° 3385 a
través del organismo con competencia específica para ello -Secretaría de la
Mujer, Géneros y Diversidad de la Provincia de La Pampa-, para garantizar la
implementación efectiva de la misma, como también lo ha realizado en similar
sentido con el Poder Judicial en la Resolución N° 148/22;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
R E S U E L V E:
Artículo
1º: Aprobar el
Proyecto de Resolución (Or. 46), por las fundamentaciones vertidas en el
exordio, en los términos del artículo 5º del Decreto Ley N° 513/69.
Artículo 2°:Informar al Poder Judicial de la Provincia de
La Pampa que la presente aprobación del tramite es de carácter excepcional,
debiendo en el futuro dar íntegro cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 3385.
Artículo 3°:Regístrese por Secretaría,
notífíquese al Contador Fiscal interviniente y cumplido archívese.